La homologación de estudios extranjeros, ya sean universitarios como no universitarios, resulta necesaria en la mayoría de las ocasiones si queremos trabajar o continuar nuestros estudios en otro país. Sin embargo, este proceso no deja de resultar un tanto tedioso y complicado para todos aquellos que se enfrentan a él por primera vez.
Has estudiado en el extranjero y quieres trabajar en España o bien completar tu formación académica en nuestro país.
Lo primero que te vas a encontrar para acreditar los estudios que has cursado es un largo proceso lleno de trámites complejos que te va a generar muchas dudas, empezando por una terminología confusa y equívoca: convalidación, homologación, equivalencia…
Una de las consultas que más recibimos en el despacho se refiere a cómo acreditar en España unos estudios realizados en el extranjero. Recibimos dudas sobre dónde se solicita, qué se necesita o cuánto tiempo tarda; por citar algunas.
Si es tu caso, no sabes por dónde empezar y quieres gestionar este proceso con garantías, en Alcántara Delgado Abogados podemos ayudarte.
Diferencias entre homologar, convalidar y otros conceptos
Has decidido continuar en España tus estudios universitarios cursados en el extranjero o venirte a trabajar con un título universitario obtenido fuera de nuestro país.
Esta decisión supone un papeleo por el traslado, además de gestiones y trámites para para poder acreditar los estudios o formación que has cursado.
El proceso es diferente dependiendo de tus objetivos académicos y profesionales. Es decir, de si quieres seguir estudiando o tu intención es empezar a trabajar.
En cada uno de ellos hay que cumplimentar un modelo de solicitud y abonar la tasa que corresponda.
España tiene también otra serie de convenios académicos firmados con otros países, como Alemania, Italia o China, que tienen como objetivo facilitar el reconocimiento de determinados estudios a efectos académicos, cuya información puedes encontrar en el Ministerio de Universidades.
¿Cuáles son los procesos para acreditar los estudios universitarios? ¡Vamos a verlos a continuación!
La homologación
Sirve para dar validez oficial en España a un título obtenido en el extranjero, equiparándolo a uno español vigente en los niveles de grado o máster y que dé acceso a una profesión de las reguladas en España.
La competencia en este procedimiento lo tiene el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Es necesario que las titulaciones universitarias cursadas en el extranjero estén totalmente implementadas cuando se solicita la homologación en alguna de las universidades españolas.
La homologación te permite poder ejercer la profesión regulada de que se trate en las mismas condiciones que quienes hayan obtenido el mismo título español.
La solicitud puede hacerse de forma presencial presentando el formulario correspondiente y resto de documentos en cualquier registro público de la Administración del Estado o de una Comunidad Autónoma.
También puede solicitarse de forma más sencilla por internet, a través del enlace de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
La convalidación
Mediante este proceso se reconoce la validez de unos estudios, estén finalizados o no, que se han cursado en el extranjero, como una parte de una titulación oficial española.
El objetivo de la convalidación es proseguir esos estudios en España y la competencia la tiene la Universidad española donde el alumno quiera seguir estudiando, que expedirá el título correspondiente al terminar los estudios al margen de que parte de ellos se hayan cursado fuera de España.
La equivalencia
Es el proceso para aquél que desee que se le reconozca un título correspondiente a una profesión de las no reguladas. Es decir, que no habilita para ejercerla en España. También sirve cuando quiere acreditarse un determinado nivel académico.
Se diferencia de la homologación porque aquí el titular tiene que estudiar determinadas asignaturas o cursos.
Algunos de los estudios universitarios para los que hay que solicitar equivalencia son los de periodismo, filosofía, ciencias físicas, humanidades o administración y dirección de empresas.
El reconocimiento profesional
Este proceso sirve solo para estudiantes que han obtenido una titulación que ha sido expedida por alguna de las instituciones del denominado Espacio Europeo de Educación Superior (EEES).
Son Universidades que usan un sistema europeo para la atribución y transferencia de créditos académicos, cuya finalidad es ayudar en el procedimiento dirigido a reconocer títulos para el ejercicio profesional.
Se diferencia de la homologación en la parte académica, no en cuanto a los efectos del ejercicio profesional, y su finalidad es conseguir la autorización para poder ejercer ciertas profesiones en España.
La competencia es del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
¿Siempre es necesario legalizar el título?
La necesidad de legalización del título va a depender del país en el que hayas realizado los estudios.
Cuando haya sido expedido por cualquiera de los países miembros de la Unión Europea, por Suiza o por un miembro del espacio Económico Europeo, no necesitas legalizar el título.
Si has estudiado en países suscritos al Convenio de la Haya necesitarás una apostilla para certificar la autenticidad de la firma. Para cualquier otro país, necesitarás siempre legalizar el título.
Homologación de estudios no universitarios extranjeros
Los estudios no universitarios cursados en el extranjero tienen que cumplir una serie de requisitos para poder convalidarse u homologarse en España, según el caso:
- Tener validez oficial en el país donde se han cursado y haberse superado íntegros en este.
- No pueden convalidarse u homologarse asignaturas sueltas. Por tanto, deben haberse aprobado en su integridad.
- A nivel académico tienen que tener un nivel suficiente de equivalencia en cuanto a contenidos y duración con el título español equivalente.
- Cuando se solicita la equivalencia tienen que estar implantados en el sistema educativo español los estudios con los que quieren equipararse los cursados en el extranjero.
- El estudiante no puede haber cursado en el sistema educativo español previamente los estudios para los que pide la convalidación o la homologación.
El organismo competente para tramitar los procesos de este tipo de estudios es el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Si el estudiante quiere cursar en España Educación Primaria o Secundaria Obligatoria o cualquier otro curso o enseñanza que no requiere obtener el Graduado en ESO puede incorporarse al centro educativo elegido sin necesidad de hacer ningún proceso de equivalencia de estudios previos.
Para estudios de Graduado en ESO, Bachillerato, Formación Profesional en cualquiera de sus grados, Enseñanzas Deportivas o Artísticas Profesionales y Superiores, se puede solicitar:
- La convalidación de los estudios cursados en el extranjero, cuando tengan una equivalencia parcial con los españoles para seguir con la formación en España.
- La homologación de los títulos obtenidos fuera de España, siempre que haya una equivalencia completa de los mismos con los españoles.
Cualquiera de estos procesos es largo, complejo y no siempre fácil de gestionar.
Si eres estudiante o padre o madre de alumno en edad escolar y quieres saber cómo tramitar la acreditación de los estudios realizados en el extranjero, como abogados expertos en educación podemos ayudarte.
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